El pasado 17 de Junio se desarrolló una jornada organizada por la Asociación de Empresarios Comerciantes e Industriales de Rota AECIRO, en la cual se expuso por nuestra asesoría una ponencia denominada «LA JUBILACION DE AUTONOMO», se explicó la situación real de la pensión de jubilación, las reformas y recortes que se han producido desde 2011, que han venido en muchos casos a reducir las expectativas económicas para el jubilado y la reforma que entrará en vigor en 2019 por la cual las pensiones van a sufrir también una reducción en función de la esperanza media de vida y porque su revalorización va estar sometida a unos topes máximos y mínimos, independientemente de las fluctuaciones del IPC. Desde nuestro despacho se ha insistido en la necesidad de conocer estas reformas para poder planificar adecuadamente nuestra cotización en función de la futura pensión que queramos percibir.
Dado que ahora han aumentado los años necesarios para cobrar el 100% de la pensión y que la base regulada pasa a calcularse sobre un numero mayor de años que se va aplicando progresivamente, es conveniente saber que en la mayoría de los casos se aconseja incrementar la cuota mínima a partir de los 40-42 años para obtener una mayor rentabilidad en el cálculo. Así mismo debemos tener en cuenta que a partir de los 48 años de edad tenemos una base máxima que ronda los 2000 € y la cual no podemos superar si antes de los 47 no hemos subido la cotización por encima de dicha cantidad.
Se puso también en conocimiento de los asistentes la nueva regulación de la edad mínima de jubilación, la cual se verá incrementada hasta los 67 años a partir del 2027, va a ir subiendo un mes por año, actualmente en 2016 es de 65 años y 4 meses. No obstante a dichos recortes, al autónomo se le otorgan ahora otras ventajas como la jubilación anticipada a partir de los 63 en el caso que cumpla unos determinados requisitos, así como la posibilidad de seguir trabajando a partir de los 65 años y compatibilizando su trabajo con el 50% de la pensión (jubilación activa) pagando únicamente la cotización del 8% de solidaridad.
Se explicó también el procedimiento para solicitar el cambio de bases de cotización de los autónomos, el cual se abre 2 veces al año, una antes del 1 de mayo, surtiendo efectos el 1 de julio, y otra antes del 1 de octubre, surtiendo efectos el 1 de enero siguiente, solicitándolo por escrito o por la Sede Electrónica de la Tesorería General de la Seguridad Social.
Desde nuestro despacho profesional aconsejamos realizar un estudio personalizado de la jubilación en función de sus expectativas económicas a futuro, su edad y su vida laboral anterior, nosotros podemos encargarnos de ayudarle en esta difícil tarea de planificar su jubilación.
Cualquier duda al respecto pueden ponerse en contacto con nosotros en el tlfno 956846370 y en el correo info@aegasesoria.es
Esperamos que la información le haya sido de utilidad. Si necesita un asesoramiento personalizado, póngase en contacto con AEG Asesoría Laboral.
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