Se publicó en el Boja el 12 de Enero la Ley 2/2015 que entre otras medidas viene a regular las ayudas para crear empleo impulsando la puesta en marcha de subvenciones para el inicio de la actividad.
Personas beneficiarias: Podrán solicitar las subvenciones que se establecen en esta línea y ser beneficiarios de las mismas, las personas físicas que realicen una actividad empresarial o profesional como trabajadores autónomos y se encuentren en alguno de los supuestos que se relacionan a continuación:
- Que se den de alta por primera vez como autónomos o que se hayan dado de alta a partir del 1 de septiembre de 2014.
- Que en los 2 años anteriores a la fecha del alta no hayan estado dados de alta en el Régimen Autónomo.
- Disponer de un plan de viabilidad de la actividad proyectada, según modelo establecido en el anexo II.2.
CUANTIA DE LA SUBVENCION:
- 4000 € para desempleados menores de 30 años
- 4500 € para mujeres desempleadas
- 5000 € para hombres desempleados discapacitados
- 5500 € para mujeres desempleadas discapacitadas
- 3000 € para cualquier otro colectivo que no esté dentro de los anteriores
PLAZO PARA PRESENTAR LAS SOLICITUDES
(De momento el plazo se encuentra cerrado por errores en la ley y falta de dotación presupuestaria, en cuanto se abra el plazo de solicitud lo publicaremos)
Si cumple los requisitos para solicitar las ayudas, podemos gestionar la subvención desde nuestro despacho profesional. Venga a AEG ASESORIA y le ayudaremos.
Esperamos que la información le haya sido de utilidad. Si necesita un asesoramiento personalizado, póngase en contacto con AEG Asesoría Laboral.
Deja una respuesta