No vinculante. La respuesta de la CCNCC no es vinculante, por lo que usted puede decidir si aplica el convenio que le señalen o, por el contrario, considera que hay otro convenio que se ajusta mejor a la actividad de su empresa. Apunte. En la página de Internet del Ministerio de Empleo y Seguridad Social (www.empleo.gob.es), en la sección de empleo, encontrará un apartado dedicado a la CCNCC, con más información sobre este organismo.
Si no sabe qué convenio es de aplicación en su empresa, haga una consulta a la Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos.
Deja una respuesta